viernes, 2 de marzo de 2012

La Educación Especial en el Perú


Historia
  
El 4 de Febrero de 1837, en tiempos de fervor caudillista y agitación republicana de un país que surge a la vida independiente, don Andrés de Santa Cruz, Capitán General y Presidente de Bolivia, Gran Mariscal Pacificador del Perú, Supremo Protector de los Estados Sud y Nor Peruanos decide crear un Ministerio con el título de Ministerio de Instrucción Pública, Beneficencia y Negocios Eclesiásticos.
A continuación la promulgación del Decreto:
Considerando:
I. Que, para el mayor adelanto de la educación pública, a la cual contrae el Gobierno la más escrupulosa atención, su protección más decidida, conviene separar los negocios pertenecientes a este ramo, de los que se desempeñan por el Ministerio del Interior.
II. Que por la homogeneidad de este ramo de la administración con los negocios eclesiásticos y los relativos a la Beneficencia, sería conveniente reunir los tres en un Ministerio exclusivamente destinado a su despacho.
Decretó:
Art. 1.- Se crea un Ministerio con el título de Ministerio de Instrucción pública, Beneficencia y Negocios Eclesiásticos, por el cual se despacharán todos los asuntos relativos a estas tres ramificaciones.
Art. 2.- Habrá en este Ministerio un oficial 1ero., un 2do. y un 3ero. Que corra con el archivo y un portero. Dos de ellos se sacarán del Ministerio del Interior y todos gozarán igual sueldo que los empleados en este de la misma clase.
Art.3.- El Ministro de Estado del despacho del Interior queda encargado de la ejecución de este decreto, y de mandarlo imprimir, publicar y circular.
Dado en el Palacio protectoral de Lima, el 4 de Febrero de 1837. Firmado por Andrés Santa Cruz por orden de S.E. José María Galdiano". (Es copia fiel del original que aparece en el "ECO DEL PROTECTORADO" Nro. 50).
El Ministerio, originalmente llamado de Instrucción Pública, Beneficencia y Negocios Eclesiásticos, cuenta orgullosamente con tres empleados. Al día siguiente la planilla se incrementó con el nombramiento del primer Ministro del Sector, el Presbítero doctor Manuel Gaspar de Villarán y Loli. Al promediar el siglo XIX el General Castilla promulga el primer Reglamento de Educación, que establece la separación entre educación pública y privada, al mismo tiempo el colegio Guadalupe es declarado Colegio Nacional y se establece el profesorado como carrera pública.
La Educación Básica Especial:

Concepto: Son problemas o dificultades que tiene los niños y adultos para el  desarrollo de su aprendizaje, quehaceres en el hogar, desenvolvimiento  social, económico y cultural.

Estas personas o individuos no son capaces de defenderse por su propia cuenta, se valen de otra persona que esté en la capacidad o lleve  una  de vida normal, sin truncos para hacer o  lograr algo.

Caracteristicas de estas personas:

·        Presentan actitudes violentas, pasivas, amorosos, pensativos, etc.
·         Demuestran interes por aprender
·         responsabilidad en su tarea
·         Demuestran cariño a todas los seres humanos
·         Tienen miedo a algunas cosas, etc


La Dirección Nacional  de Educación Básica Especial es responsable de formular y proponer la política, objetivos, estrategias pedagógicas y normas de alcance nacional para la Educación Especial.

 Funciones son:

a.    Coordinar y orientar la aplicación de la política y estrategias para el desarrollo de la Educación Especial.
b.    Normar, orientar, supervisar y evaluar la aplicación de la estructura curricular básica de la modalidad, así como definir los módulos básicos del material educativo.
c.    Promover, coordinar y orientar la organización y desarrollo de programas con los padres y madres de familia y la comunidad, así como proyectos de investigación e innovación y/o experimentación pedagógica, su sistematización y recuperación.
d.    Impulsar, diseñar y coordinar la participación de los medios de comunicación para expandir el desarrollo de los programas de prevención e integración temprana.
e.    Fortalecer el funcionamiento de programas especiales de atención a educandos con facultades sobresalientes.
f.     Orientar, supervisar, visar y evaluar la aplicación del enfoque inclusivo en coordinación con las Direcciones Nacionales correspondientes

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